# Modelo 400 de Canarias: Declaración censal de comienzo, modificación o cese (IGIC)

> El modelo 400 (Declaración censal de comienzo, modificación o cese (IGIC)) se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria (ATC). No tiene un plazo fijo en el calendario: se presenta cuando pasa lo que lo pide.

- Dirección: https://misobligaciones.com/modelos/canarias/400/
- Revisado el: 2026-09-21
- Idioma: es-ES

## En pocas palabras

- **Se presenta ante:** la Agencia Tributaria Canaria (ATC)
- **Para quien tributa en:** Canarias
- **Cada cuánto:** no periódico
- **Plazos en 2026:** Sin fecha fija
- **Calendario oficial consultado el:** [21 de septiembre de 2026](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/documents/d/agencia-tributaria-canaria/calendario_contribuyente_2026_pdf)

## Quién lo presenta

*Texto de la fuente oficial*

Personas o entidades con actividad empresarial o profesional en Canarias (sede, domicilio fiscal o establecimiento permanente). Es el alta en el IGIC, aparte del 036/037 de la AEAT.

## Excepciones y casos especiales

*Texto de la fuente oficial*

- Telemática obligatoria salvo algunas personas físicas (solo arrendamiento < 50.000 €, REPEP) y entidades sin NIF definitivo en el alta.

## Enlaces oficiales

Dónde se presenta, sus instrucciones y, si lo hay, el formato del fichero para importarlo. Todos a la sede de la Agencia Tributaria Canaria (ATC).

| Para | Enlace oficial |
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| Presentarlo | [Formulario del modelo 400 en la sede](https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/ov/publico/presentacion/modelo400/formulario.jsp) |
| Instrucciones y ayuda | [Ficha del modelo 400 en la web de la ATC](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/w/modelo-400) |
| Instrucciones y ayuda | [Instrucciones del modelo 400 (PDF)](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/documents/65729/24746929/Instrucciones_modelo_400.pdf) |

## Preguntas frecuentes

### ¿Quién tiene que presentar el modelo 400?

Según la Agencia Tributaria Canaria (ATC): «Personas o entidades con actividad empresarial o profesional en Canarias (sede, domicilio fiscal o establecimiento permanente). Es el alta en el IGIC, aparte del 036/037 de la AEAT.»

### ¿Qué pasa si presento el modelo 400 fuera de plazo?

Si lo presentas sin que Hacienda te lo haya pedido y sale a pagar, hay un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses pasados doce meses (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si no sale nada a pagar, la multa general es de 200 €, que se queda en 100 € si lo presentas sin requerimiento; en las declaraciones informativas va por datos (art. 198). El detalle, en [la guía de plazos vencidos](https://misobligaciones.com/fuera-de-plazo/).

### ¿Mis Obligaciones presenta el modelo 400 por mí?

No. Mis Obligaciones te lo propone en tu calendario con el motivo, te lleva a su página oficial y te avisa una semana antes y la víspera. Presentarlo lo haces tú, o tu gestoría, en la sede de la Agencia Tributaria Canaria (ATC).

> Esto es información copiada de las fuentes oficiales para orientarte, no asesoramiento fiscal: tu caso puede tener excepciones. Compruébalo en la sede del organismo o con quien te asesore.

## Fuentes oficiales

- [Calendario fiscal 2026 de Canarias](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/documents/d/agencia-tributaria-canaria/calendario_contribuyente_2026_pdf) — Agencia Tributaria Canaria
- [Formulario del modelo 400 en la sede](https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/ov/publico/presentacion/modelo400/formulario.jsp) — Agencia Tributaria Canaria
- [Ficha del modelo 400 en la web de la ATC](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/w/modelo-400) — Agencia Tributaria Canaria
- [Instrucciones del modelo 400 (PDF)](https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/documents/65729/24746929/Instrucciones_modelo_400.pdf) — Agencia Tributaria Canaria

