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Ficha de modelo

Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceras personas

El modelo 347 (Declaración anual de operaciones con terceras personas) se presenta ante la Agencia Tributaria (AEAT). En 2026 vence el 2 de marzo de 2026, según el calendario oficial.

Revisado el 3 min de lectura

En pocas palabras

Se presenta ante
la Agencia Tributaria (AEAT)
Para quien tributa en
Península y Baleares
Cada cuánto
Anual
Plazos en 2026
Uno: el 2 de marzo de 2026
Calendario oficial consultado el
21 de septiembre de 2026

Quién lo presenta

Texto de la fuente oficial

Empresarios y profesionales que, con una misma persona o entidad, hayan superado en conjunto 3.005,06 € en el año (300,51 € en cobros por cuenta de terceros de honorarios o derechos de autor). También comunidades de propietarios y otras entidades del art. 31 RGAT.

Excepciones y casos especiales

Texto de la fuente oficial

  • Quienes llevan los libros por SII (todo el ejercicio).
  • Personas físicas y entidades en atribución de rentas en estimación objetiva del IRPF y, a la vez, en simplificado, REAGP o recargo de equivalencia del IVA, salvo por las operaciones por las que emitan factura (en simplificado sí incluyen las adquisiciones anotadas en el libro de facturas recibidas).
  • Quienes no superen 3.005,06 € con ninguna persona o entidad.
  • Quienes solo hayan hecho operaciones excluidas (art. 33 RGAT) o no tengan en España sede, establecimiento permanente o domicilio fiscal.

Todos sus plazos

Cada fila es un plazo del calendario oficial: el último día para presentarlo. Cuando ese día cae en sábado, domingo o festivo, el calendario ya lo pasa al siguiente día hábil.

PeriodoÚltimo díaDía
Año 20252 de marzo de 2026lunes
Año 20261 de marzo de 2027 *lunes

* Fecha calculada con la regla del plazo, porque el calendario oficial de ese año todavía no está publicado. Compruébala cuando salga.

Todos los plazos del año, mes a mes: Calendario fiscal 2026.

El mismo trámite en otras haciendas

Lo que aquí se declara con el modelo 347, en otras haciendas va con otro modelo y otros plazos. Cuál te toca depende de dónde tributas, no de dónde vives.

HaciendaModeloQué es
Canarias415Declaración anual de operaciones con terceras personas
Álava347Declaración anual de operaciones con terceras personas
Bizkaia347Declaración anual de operaciones con terceras personas
Gipuzkoa347Declaración anual de operaciones con terceras personas
NavarraF50Declaración anual de operaciones con terceras personas (equivalente al 347)

Quién lo tendría en su calendario

Enlaces oficiales

Dónde se presenta, sus instrucciones y, si lo hay, el formato del fichero para importarlo. Todos a la sede de la Agencia Tributaria (AEAT).

ParaEnlace oficial
PresentarloModelo 347 (trámite)
Instrucciones y ayudaInstrucciones
Instrucciones y ayudaObligados a presentar
Instrucciones y ayudaExcluidos de la obligación
Formato de ficheroPresentación mediante fichero
Formato de ficheroDiseño de registro 347, 2025 y siguientes (pdf)
Formato de ficheroDiseños de registro modelos 300-399

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 347 en 2026?

Según el calendario oficial de la Agencia Tributaria (AEAT): Año 2025, hasta el 2 de marzo de 2026.

¿Quién tiene que presentar el modelo 347?

Según la Agencia Tributaria (AEAT): «Empresarios y profesionales que, con una misma persona o entidad, hayan superado en conjunto 3.005,06 € en el año (300,51 € en cobros por cuenta de terceros de honorarios o derechos de autor). También comunidades de propietarios y otras entidades del art. 31 RGAT.»

¿Qué pasa si presento el modelo 347 fuera de plazo?

Si lo presentas sin que Hacienda te lo haya pedido y sale a pagar, hay un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses pasados doce meses (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si no sale nada a pagar, la multa general es de 200 €, que se queda en 100 € si lo presentas sin requerimiento; en las declaraciones informativas va por datos (art. 198). El detalle, en la guía de plazos vencidos.

¿Mis Obligaciones presenta el modelo 347 por mí?

No. Mis Obligaciones te lo propone en tu calendario con el motivo, te lleva a su página oficial y te avisa una semana antes y la víspera. Presentarlo lo haces tú, o tu gestoría, en la sede de la Agencia Tributaria (AEAT).

Fuentes oficiales

De dónde sale lo que dice esta página, consultado en la fecha de revisión. Si algo no cuadra, manda la fuente.

  1. Calendario fiscal 2026 de Península y Baleares Agencia Tributaria
  2. Modelo 347 (trámite) Agencia Tributaria
  3. Instrucciones Agencia Tributaria
  4. Obligados a presentar Agencia Tributaria
  5. Excluidos de la obligación Agencia Tributaria
  6. Presentación mediante fichero Agencia Tributaria
  7. Diseño de registro 347, 2025 y siguientes (pdf) Agencia Tributaria
  8. Diseños de registro modelos 300-399 Agencia Tributaria

Sigue leyendo

Esto es información copiada de las fuentes oficiales para orientarte, no asesoramiento fiscal: tu caso puede tener excepciones. Compruébalo en la sede del organismo o con quien te asesore.

Tus plazos, y solo los tuyos

Cuéntale a Mis Obligaciones a qué te dedicas y te propone tu calendario del año, cada modelo con su motivo. Lo revisas, y te avisa una semana antes y la víspera.

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