Ficha de modelo
Modelo 216: IRNR. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas sin establecimiento permanente
El modelo 216 (IRNR. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas sin establecimiento permanente) se presenta ante la Agencia Tributaria (AEAT). En 2026 tiene 16 plazos en el calendario oficial: el primero vence el 20 de enero de 2026 y el último, el 21 de diciembre de 2026.
En pocas palabras
- Se presenta ante
- la Agencia Tributaria (AEAT)
- Para quien tributa en
- Península y Baleares
- Cada cuánto
- Trimestral
- Plazos en 2026
- 16, del 20 de enero de 2026 al 21 de diciembre de 2026
- Calendario oficial consultado el
- 21 de septiembre de 2026
Quién lo presenta
Texto de la fuente oficial
Quienes están obligados a retener o ingresar a cuenta por rentas pagadas a no residentes sin establecimiento permanente (art. 11 RIRNR), salvo transmisiones de IIC y premios de loterías. También cuando no procede retener por el art. 31.4 LIRNR (se declaran las rentas).
Excepciones y casos especiales
Texto de la fuente oficial
- Mensual para grandes empresas.
Todos sus plazos
Cada fila es un plazo del calendario oficial: el último día para presentarlo. Cuando ese día cae en sábado, domingo o festivo, el calendario ya lo pasa al siguiente día hábil.
| Periodo | Último día | Día |
|---|---|---|
| 4T 2025 | 20 de enero de 2026 | martes |
| 1T 2026 | 20 de abril de 2026 | lunes |
| 2T 2026 | 20 de julio de 2026 | lunes |
| 3T 2026 | 20 de octubre de 2026 | martes |
| 4T 2026 | 20 de enero de 2027 * | miércoles |
| Diciembre 2025 | 20 de enero de 2026 | martes |
| Enero 2026 | 20 de febrero de 2026 | viernes |
| Febrero 2026 | 20 de marzo de 2026 | viernes |
| Marzo 2026 | 20 de abril de 2026 | lunes |
| Abril 2026 | 20 de mayo de 2026 | miércoles |
| Mayo 2026 | 22 de junio de 2026 | lunes |
| Junio 2026 | 20 de julio de 2026 | lunes |
| Julio 2026 | 20 de agosto de 2026 | jueves |
| Agosto 2026 | 21 de septiembre de 2026 | lunes |
| Septiembre 2026 | 20 de octubre de 2026 | martes |
| Octubre 2026 | 20 de noviembre de 2026 | viernes |
| Noviembre 2026 | 21 de diciembre de 2026 | lunes |
| Diciembre 2026 | 20 de enero de 2027 * | miércoles |
* Fecha calculada con la regla del plazo, porque el calendario oficial de ese año todavía no está publicado. Compruébala cuando salga.
Todos los plazos del año, mes a mes: Calendario fiscal 2026.
Enlaces oficiales
Dónde se presenta, sus instrucciones y, si lo hay, el formato del fichero para importarlo. Todos a la sede de la Agencia Tributaria (AEAT).
| Para | Enlace oficial |
|---|---|
| Presentarlo | Modelo 216 (trámite) |
| Instrucciones y ayuda | Instrucciones (ejercicio 2024 y siguientes) |
| Instrucciones y ayuda | Presentación del modelo 216 (2024 y siguientes) |
| Formato de fichero | Presentación por lotes |
| Formato de fichero | Diseño de registro 216, 2024 y siguientes (xlsx) |
| Formato de fichero | Diseños de registro modelos 200-299 |
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presenta el modelo 216 en 2026?
Según el calendario oficial de la Agencia Tributaria (AEAT): 4T 2025, hasta el 20 de enero de 2026; Diciembre 2025, hasta el 20 de enero de 2026; Enero 2026, hasta el 20 de febrero de 2026; Febrero 2026, hasta el 20 de marzo de 2026; 1T 2026, hasta el 20 de abril de 2026; Marzo 2026, hasta el 20 de abril de 2026; Abril 2026, hasta el 20 de mayo de 2026; Mayo 2026, hasta el 22 de junio de 2026; 2T 2026, hasta el 20 de julio de 2026; Junio 2026, hasta el 20 de julio de 2026; Julio 2026, hasta el 20 de agosto de 2026; Agosto 2026, hasta el 21 de septiembre de 2026; 3T 2026, hasta el 20 de octubre de 2026; Septiembre 2026, hasta el 20 de octubre de 2026; Octubre 2026, hasta el 20 de noviembre de 2026; Noviembre 2026, hasta el 21 de diciembre de 2026.
¿Quién tiene que presentar el modelo 216?
Según la Agencia Tributaria (AEAT): «Quienes están obligados a retener o ingresar a cuenta por rentas pagadas a no residentes sin establecimiento permanente (art. 11 RIRNR), salvo transmisiones de IIC y premios de loterías. También cuando no procede retener por el art. 31.4 LIRNR (se declaran las rentas).»
¿Qué pasa si presento el modelo 216 fuera de plazo?
Si lo presentas sin que Hacienda te lo haya pedido y sale a pagar, hay un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses pasados doce meses (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si no sale nada a pagar, la multa general es de 200 €, que se queda en 100 € si lo presentas sin requerimiento; en las declaraciones informativas va por datos (art. 198). El detalle, en la guía de plazos vencidos.
¿Mis Obligaciones presenta el modelo 216 por mí?
No. Mis Obligaciones te lo propone en tu calendario con el motivo, te lleva a su página oficial y te avisa una semana antes y la víspera. Presentarlo lo haces tú, o tu gestoría, en la sede de la Agencia Tributaria (AEAT).
Fuentes oficiales
De dónde sale lo que dice esta página, consultado en la fecha de revisión. Si algo no cuadra, manda la fuente.
- Calendario fiscal 2026 de Península y Baleares Agencia Tributaria
- Modelo 216 (trámite) Agencia Tributaria
- Instrucciones (ejercicio 2024 y siguientes) Agencia Tributaria
- Presentación del modelo 216 (2024 y siguientes) Agencia Tributaria
- Presentación por lotes Agencia Tributaria
- Diseño de registro 216, 2024 y siguientes (xlsx) Agencia Tributaria
- Diseños de registro modelos 200-299 Agencia Tributaria
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Esto es información copiada de las fuentes oficiales para orientarte, no asesoramiento fiscal: tu caso puede tener excepciones. Compruébalo en la sede del organismo o con quien te asesore.
Tus plazos, y solo los tuyos
Cuéntale a Mis Obligaciones a qué te dedicas y te propone tu calendario del año, cada modelo con su motivo. Lo revisas, y te avisa una semana antes y la víspera.